Amicus Curiae representantes de las comunidades religiosas
DOI:
https://doi.org/10.7764/RLDR.NE01.003Palavras-chave:
Amicus Curiae, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Pavez Pavez vs ChileResumo
De acuerdo a lo indicado en los artículos 28 y 44 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los representantes de las comunidades religiosas firmantes enviamos este escrito con el objeto de presentar razonamientos en torno a los hechos contenidos en el sometimiento del caso y consideraciones jurídicas sobre la materia del proceso.
Aunque ni la peticionaria ni la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hagan referencia a ello, en el centro de este caso se cuestiona la autonomía de las comunidades religiosas para calificar, sin interferencia del Estado, la idoneidad de los profesores de clases de religión de carácter confesional. Si la Corte Interamericana acoge la demanda, múltiples derechos humanos de distintos actores se verán vulnerados, especialmente, la libertad religiosa. Al omitir estos derechos en su informe de fondo, la CIDH ignoró los principios de interdependencia, indivisibilidad e igual jerarquía de los derechos, reconocidos por el derecho internacional público en general, así como el derecho internacional de los derechos humanos. El presente escrito de amicus curiae desarrolla el contenido de la autonomía religiosa, la cual es una manifestación de los derechos humanos a la libertad de religión y libertad de asociación. Con estas consideraciones jurídicas esperamos cooperar con la labor de la Corte Interamericana de resolver adecuadamente el caso y proteger la totalidad de los derechos humanos del corpus iuris interamericano.
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