MATRIMONIO HOMOSEXUAL, OPOSICIÓN RELIGIOSA Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN ARGENTINA. A CINCO AÑOS DE LA LEY DE MATRIMONIO IGUALITARIO

Autores/as

  • Fernando Arlettaz Universidad de Zaragoza (España)

DOI:

https://doi.org/10.7764/RLDR.1.2

Palabras clave:

Matrimonio, Secularización, Objeción de conciencia

Resumen

La ley de 2010 que introdujo el matrimonio entre personas del mismo sexo en el derecho argentino muestra la progresiva secularización del matrimonio. El nuevo Código Civil, en vigor desde 2015, mantiene la posibilidad del matrimonio homosexual y además regula otra figura (la de las uniones convivenciales) que profundiza la secularización de las relaciones de familia. La reivindicación de la objeción de conciencia a intervenir en la celebración de los matrimonios homosexuales que se dio junto con los debates en torno de la ley parece haberse desvanecido con el paso del tiempo. Sin perjuicio del dictado de normas que, con un criterio pragmático, resuelvan los conflictos que puedan plantearse, la posibilidad de objeción debe ser considerada con criterio restrictivo.

Biografía del autor/a

Fernando Arlettaz, Universidad de Zaragoza (España)

Doctor en Sociología Jurídica e Instituciones Políticas por la Universidad de Zaragoza. Se desempeña como investigador del Laboratorio de Sociología Jurídica de esta misma Universidad. Sus campos de investigación son la Filosofía y la Sociología Jurídicas y el Derecho Internacional Público. Sus trabajos están centrados en la laicidad del Estado y la libertad de conciencia, el estatuto de extranjeros y migrantes, y el multiculturalismo, entre otros temas. Colabora con la Cátedra Extraordinaria sobre la Laicidad de la Universidad Nacional Autónoma de México

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Publicado

2019-07-24

Número

Sección

Estudios Monográficos