COLOMBIA. Corte Constitucional - Sentencia- Empleado es despedido, ya que no participó en actividad de pausa activa con baile y música, ya que ello atentaba contra sus creencias religiosas. Corte ordenó que fuera reincorporado, ya que empleador atentó contra su libertad de conciencia.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

libertad de conciencia, derecho al trabajo, objeción de conciencia

Resumen

COLOMBIA. Corte Constitucional -Sentencia- Empleado es despedido, ya que no participó en actividad de pausa activa con baile y música, ya que ello atentaba contra sus creencias religiosas. Corte ordenó que fuera reincorporado, ya que empleador atentó contra su libertad de conciencia.

Fuente: www.corteconstitucional.gov.co

Archivos adicionales

Publicado

2025-03-20

Número

Sección

COLOMBIA